SUBVENCIÓN PARA EL SECTOR DE LA HOSTELERÍA EN RIBADAVIA
Subvención para el sector de la hostelería en Ribadavia, motivada por los cierres de dichos sectores a causa del (COVID-19). Entrará en vigor a partir del 04/12/2020.
La Junta de Gobierno Local, en su sesión extraordinaria celebrada el pasado 19 de noviembre de 2020, aprobó las bases reguladoras de la convocatoria del programa de subvenciones para el sector de la hostelería, restauración y actividades auxiliares de estas en el ayuntamiento de Ribadavia, motivada por los cierres de dichos sectores.
Plazo de presentación de instancias: diez (10) días naturales desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense. [https://cutt.ly/nhajEKh].
Lugar de presentación: las solicitudes se presentarán por vía telemática a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Ribadavia [https://ribadavia.sedelectronica.gal/info.0], o de forma presencial a través del Registro de entrada del Ayuntamiento de Ribadavia, sito en Praza Maior, 4. Bases de la convocatoria: expuestas en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en la página web del ayuntamiento. Ribadavia, 20 de noviembre de 2020. El alcalde. Fdo.: César Manuel Fernández Gil.
El Pleno de este ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 19/11/2020 para la subvención para el sector de la hostelería en Ribadavia, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario con cargo al remanente líquido de tesorería.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días, contados desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este ayuntamiento [http://rubia.sedelectronica.gal]. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. Rubiá. El alcalde. Fdo.: Elías Rodríguez Núñez. Documento firmado electrónicamente.
Por el momento solo queda esperar a que esta subvención se publique en la página del [https://sepe.es/HomeSepe], si quieres estar al tanto de esta subvención solo tienes que llamar al 986864888 y se te pasará con un agente de Audygen. También puedes hacerlo online contactando al correo audygen@economistas.org y nos pondremos en contacto contigo.
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