Ayuda para la creación de empresas en el ayuntamiento de Vigo.
Si eres autónomo y estás interesado en la creación de tu propia empresa en Vigo, este artículo te resultará muy interesante. A continuación te explicamos en que consiste y que condiciones debes cumplir.
Se entiende como destinatario de esta subvención a entidades y empresas privadas, independientemente de su forma jurídica, las comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas, sociedades laborales y las personas que causen alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o mutualidad de colegio profesional.
El plazo de solicitud serán 10 días hábiles a la publicación del extracto de la convocatoria datada el 31/12/2020.
A continuación, se hará un resumen del programa completo de “ayudas municipales de creación de empresas”.
El objeto de la subvención es colaborar con la creación de empresas en el ámbito del ayuntamiento de Vigo, con la finalidad de generar empleo en el municipio, apoyando la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales y contribuir en la reactivación de la actividad empresarial y de empleo como consecuencia de las secuelas derivadas de la crisis económica generada por el COVID-19.
Los beneficiarios, de la ayuda de creación de empresas en Vigo se podrán favorecer de esta convocatoria pública entidades y empresas privadas, independientemente de su forma jurídica, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas, sociedades laborales y personas emprendedoras que causen alta en el régimen especial de autónomos o en el régimen especial por cuenta propia en de la Seguridad Social o mutualidad en el colegio profesional.
No podrán solicitar estas ayudas entidades sin ánimo de lucro ni personas físicas distintas del párrafo anterior.
Para acogerse a estas ayudas tendrán que iniciar su actividad empresarial en el municipio entre el 1 de abril de 2019 y el 31 de marzo de 2020 (entendido como inicio de la actividad o alta en el I.A.E.) que tengan viabilidad técnica, económica y financiera y que cumplan con las obligaciones establecidas.
Requisitos
- Que la empresa tenga su dirección fiscal y sede social en Vigo.
- Que sean empresas de nueva creación, considerando que el comprador cree su propio puesto de trabajo, en situación de desempleo, en cualquiera de las formas jurídicas existentes.
- Que se encuentren al corriente de sus obligaciones con la Tesorería General de la seguridad social.
- Que el promotor de la empresa no haya desarrollado una actividad igual o similar en la misma actividad, en los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la nueva actividad.
- Que ninguno de los promotores hubiese recibido la subvención del programa de ayudas Municipales a la creación de empresas en el ayuntamiento de Vigo en los 4 años anteriores a la fecha de inicio de la nueva actividad.
- Que tengan debidamente justificadas en tiempo y forma ayudas otorgadas en esta área en el ayuntamiento de Vigo en la convocatoria anterior.
El importe máximo de esta ayuda será de 3.000€ por empresa beneficiaria y no podrá superar en 50% de los gastos efectuados durante el periodo indicado, ni tampoco exceder la cuantía total de la inversión inicial realizado por los promotores.
Los gastos que podrán ser subvencionables corresponderán a los tres meses anteriores a los tres meses posteriores al inicio de la actividad.
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